El alumnado puede continuar los estudios de un idioma en cualquier otra EOI. Para ello es necesario realizar el traslado de su expediente académico. Modalidades de traslados:
TRASLADO DE EXPEDIENTE ENTRE ESCUELAS DE ARAGÓN |
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TRASLADO DE EXPEDIENTE CON ESCUELAS DE OTRAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS |
Pago de la apertura de expediente: · El alumnado procedente de otras Comunidades Autónomas que desee continuar sus estudios en la C.A. de Aragón→ deberá abonar el precio público correspondiente a la apertura de expediente. · En el caso de que el alumno/a ya hubiera estado matriculado en el mismo idioma en una Escuela Oficial de Idiomas de la Comunidad Autónoma de Aragón con anterioridad→ no deberá abonar apertura de expediente. · El alumnado procedente de That’s English y CARLEE que desee incorporarse a la enseñanza presencial o semipresencial → no deberá abonar la apertura de expediente. |
TRASLADO DE MATRÍCULA VIVA |
1. El alumnado que esté interesado en trasladarse a otra escuela sin haber concluido el curso académico deberá presentar la correspondiente solicitud antes del 30 de abril del curso escolar correspondiente, en la escuela de destino. Para ello deberá asegurarse de que se dispone de vacante en el idioma y curso en el que se desea matricular. 2. Documentación a presentar: – Asegurarse de que la Escuela de Idiomas dispone de plaza vacante mediante solicitud telefónica o por correo electrónico. – Abono del importe de la matrícula si viene de una EOI de fuera de la Comunidad Autónoma de Aragón. – Certificación académica expedida por la EOI de procedencia. – Una fotografía. – Fotocopia del DNI. – Abonar 13 € en concepto de recursos materiales. 3. Cuando el traslado se produzca entre dos escuelas dependientes del ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Aragón no será necesario que el alumnado que se traslada abone de nuevo la matrícula por curso académico. El cambio de escuela estará supeditado a la existencia de vacantes en la escuela de destino en el curso solicitado. 4. Cuando el traslado se produzca a una escuela de otra Comunidad Autónoma no procederá la devolución de los precios públicos que se hubieran abonado. 5. Una vez finalizado el curso académico, el alumnado que decida cambiar de escuela para el curso siguiente deberá participar en el proceso de admisión que corresponda. 6. En todos los casos, el traslado de escuela se considerará concluido cuando la escuela de destino haya recibido toda la documentación. ***MUY IMPORTANTE: Como norma general, los alumnos con matrícula viva que se incorporen a la Escuela, deberán cumplir el 60% de asistencias en el centro a partir de su admisión en esta Escuela. |